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Información General
Puede consultar su CURP en cualquiera de los siguientes casos:
§ Si tramitó su clave en alguno de los módulos de atención CURP y no obtuvo la constancia. § Si perdió la constancia de su clave. § Si existe la posibilidad de que alguien haya tramitado su CURP, por ejemplo en la escuela, en el trabajo, en el IMSS y no recibió su constancia.
La consulta puede efectuarse indicando la clave CURP cuando ya la conoce o proporcionando su nombre y datos de nacimiento. 2. ¿Qué es la CURP? La Clave Única de Registro de Población (CURP) es un instrumento de registro que se asigna a todas las personas que viven en el territorio nacional, así como a los mexicanos que residen en el extranjero. El Registro Nacional de Población es la instancia responsable de asignar la CURP y de expedir la Constancia respectiva. 3. ¿Cómo se integra la CURP? Con dieciocho elementos, representados por letras y números, que se generan a partir de los datos contenidos en el documento probatorio de tu identidad (acta de nacimiento, carta de naturalización o documento migratorio), y que se refieren a: • El primero y segundo apellidos, así como al nombre de pila. • La fecha de nacimiento. • El sexo. • La entidad federativa de nacimiento. Los dos últimos elementos de la CURP evitan la duplicidad de la Clave y garantizan su correcta integración. EJEMPLO:
5. ¿Qué datos se incorporan en la Constancia de Asignación de la CURP? • La Clave Única de Registro de Población. • Tu nombre completo. • La fecha de tu inscripción a este sistema. • El número de folio de la Constancia. • Información que identifica los datos de tu documento probatorio. 6. ¿Para qué sirve la CURP? La Clave te identificará individualmente en los registros de personas a cargo de las instituciones públicas. La CURP se irá incorporando paulatinamente a todos los documentos oficiales, como se describe a continuación a manera de ejemplo, a fin de fortalecer las condiciones de seguridad jurídica de la población, mejorar los vínculos entre ésta y las instancias de gobierno, para facilitar la prestación de los bienes y servicios y, simplificar la administración pública al eliminar la diversidad de claves de registros de personas, entre otros.
7. ¿Con base en qué se asigna y se expide la CURP y la Constancia respectiva? · En nuestro país existe la Ley General de Población, que otorga a la Secretaría de Gobernación la atribución para registrar y acreditar la identidad de todas las personas residentes en el país y de los nacionales que residan en el extranjero, a través del Registro Nacional de Población. · La propia Ley establece que al incorporar a una persona en dicho Registro, se le asignará una Clave Única de Registro de Población, para registrarla e identificarla de manera individual. · El 23 de octubre de 1996, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo Presidencial para la adopción y uso por la Administración Pública Federal de la Clave Única de Registro de Población. · El Acuerdo estable que la CURP se asignará a todas las personas que viven en el territorio nacional, así como a los mexicanos residentes en el extranjero. · Por otra parte, señala que las instituciones públicas que lleven o en lo futuro hayan de integrar algún registro de personas deben adoptar el uso de la CURP.
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